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Showing posts from August 9, 2014

La nueva Tabla de Enfermedades Laborales

Para estos efectos, se define como enfermedad laboral aquella que es contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad   laboral o en el medio en el que se ha visto obligado a trabajar. La nueva tabla, fue expedida mediante el   Decreto 1477 del 5 de agosto de 2014    y se pone en contexto con estándares internacionales al ser de doble entrada, es decir tiene una clasificación por factores de riego con fines preventivos por parte de los empleadores y otra por patologías con fines de calificación por parte de las Entidades de la Seguridad Social. En la clasificación por patologías, se encuentran las enfermedades catalogadas como directas, donde los trabajadores que adquieran y estén expuestos a los factores de riesgos señalados en la tabla se les garantizarán por parte del Sistema General de Riesgos Laborales las prestaciones asistenciales y pago de incapacidades. Las demás patologías requieren que inicialmente se lleve a cabo

ARL deben afiliar a todos los trabajadores

La ley garantiza a los trabajadores afiliados a riesgos laborales el acceso a los servicios, sin importar la clase de riesgo o actividad económica que desarrollen, ademas, las Administradoras de Riesgos Laborales ARL, no pueden negar las afiliaciones de empleadores, trabajadores e independientes. El  Decreto 1442 de 2014,  establece un mecanismo de compensación económico para que haya un equilibrio en los gastos en que incurren las ARL cuando deben hacerse cargo de trabajadores cuyos costos de atención desbordan lo previsto. Esta medida “garantiza el equilibrio financiero en los costos derivados de las prestaciones económicas y asistenciales, así como el acceso a los servicios para todos los trabajadores afiliados al Sistema de Riesgos Laborales