Con la nueva Ley Estatutaria de la Salud los afiliados al sistema de salud tendrán derecho a todo lo que los médicos les ordenen, excepto a algunos elementos que, de manera clara, quedan por fuera del régimen, por considerarse exclusiones.
Estas son las exclusiones consideradas en la Ley Estatutaria de Salud son:
1. Lo cosmético y lo suntuario
2. Lo experimental
3. Lo que no tenga evidencia científica
4. Los tratamientos en el exterior que puedan ser brindados en el país
En conclusión, las exclusiones son todos los procedimientos, tratamientos experimentales, cirugías estéticas, insumos y medicamentos para mejorar condiciones que no están definidas como enfermedad, y que en nada contribuyen al bienestar específico de la persona, además, los que no estén soportados de manera técnica o científica, avalados por las sociedades científicas o la academia, quedan por fuera del sistema no podrán ser cubiertos por el sistema.
Estas son las exclusiones consideradas en la Ley Estatutaria de Salud son:
1. Lo cosmético y lo suntuario
2. Lo experimental
3. Lo que no tenga evidencia científica
4. Los tratamientos en el exterior que puedan ser brindados en el país
En conclusión, las exclusiones son todos los procedimientos, tratamientos experimentales, cirugías estéticas, insumos y medicamentos para mejorar condiciones que no están definidas como enfermedad, y que en nada contribuyen al bienestar específico de la persona, además, los que no estén soportados de manera técnica o científica, avalados por las sociedades científicas o la academia, quedan por fuera del sistema no podrán ser cubiertos por el sistema.
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